Articulo 4 el que se aprueba el Reglamento del Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 4. Clases de inscripciones.
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Las inscripciones en el Registro se producirán siempre a instancia de los interesados y podrán ser de cuatro clases:
Inscripciones básicas.
Inscripciones complementarias.
Inscripciones de cancelación.
Notas marginales.
