Artículo 4 se aprueban lo... de Madrid

Artículo 4 se aprueban los programas funcionales, estándares y condiciones técnicas de las instalaciones de las bibliotecas integrantes de la Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid

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Artículo 4. Definiciones

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A efectos de la presente orden se entiende por:

a) Áreas de servicios: son las que se distribuyen como áreas funcionales o zonas de servicio en los programas del anexo segundo de la orden. La superficie del equipamiento, en las distintas proporciones reflejadas en el anexo primero, se reparte entre estas áreas. El conjunto de las mismas comprende los espacios destinados al servicio público y los internos, para la organización y gestión. De la presencia de estas áreas, sus dimensiones y elementos, se deriva el cumplimiento del programa funcional en el proyecto de equipamiento. Las áreas se dimensionan en los programas funcionales del anexo segundo, de acuerdo con las funciones del punto de servicio, dependiendo de la población a la que han de servir.

b) Área de servicio para usuarios adultos: espacio previsto en los programas funcionales del anexo segundo para ofrecer servicios a los usuarios adultos. Incluye colecciones, puestos de lectura o consulta, informáticos y multimedia, todo tipo de colecciones y formatos, espacios para actividades y formación, con mobiliario específico y atención a las posibles necesidades de accesibilidad de los usuarios. Su dimensionamiento se fija en función de la cuantificación de estos elementos, según el tipo de biblioteca, dependiendo de la población a la que prevea servir.

c) Área de servicio para usuarios infantiles y juveniles: espacio previsto en los programas funcionales del anexo segundo para ofrecer servicios a los usuarios infantiles y juveniles. Incluye colecciones, puestos de lectura, multimedia, todo tipo de colecciones y formatos para estos usuarios, espacios para actividades y formación, con mobiliario especializado y dotado de accesibilidad. Se distinguen, a través del mobiliario de dimensiones específicas y las colecciones, una zona para los más pequeños, a partir de cinco años, y otra a partir de los nueve y hasta los trece. Su dimensionamiento se fija en función de la cuantificación de estos elementos, según el tipo de biblioteca, dependiendo de la población a servir.

d) Bebeteca: espacio dentro del área para usuarios infantiles y juveniles de los programas funcionales del anexo segundo. Se destina a los niños de cero a cinco años, prelectores, con espacio adecuado, mobiliario específico y accesible para ellos y sus acompañantes adultos, zonas de lactancia, para carritos, colecciones y objetos para ellos, así como espacios para desarrollar actividades. Se dimensiona en función de la cuantificación de estos elementos, según el tipo de biblioteca, dependiendo de la población a la que se prevea servir.

e) Biblioteca central: punto de servicio que coordina técnica y administrativamente una red bibliotecaria en la que, además, se incluyen las bibliotecas sucursales, denominadas de barrio. Cuenta con espacios específicos para estas funciones de gestión, así como los propios de una biblioteca pública de barrio que presta servicio a su área de población. Sus colecciones son más amplias que las de las bibliotecas de barrio, pudendo tener fondo local y patrimonial.

f) Biblioteca de barrio: denominada habitualmente biblioteca sucursal, es el punto de servicio de una red que depende de biblioteca central y ofrece servicios básicos de proximidad. Entre ellos se encuentran el préstamo de todo tipo de documentos, lectura, información, formación, acceso a internet, actividades culturales, espacios de creación, reunión y cualesquiera propios de una biblioteca pública, para todos los perfiles de usuarios, con recursos adaptados a su entorno.

g) Biblioteca de distrito: punto de servicio que desarrolla su actividad en el ámbito territorial de un distrito y que, por la magnitud de población a la que sirve, cuenta con espacios específicos para la gestión y los de una biblioteca pública de proximidad que debe dar servicio a su área de población. Prevé amplias colecciones incluyendo, si las hubiera, patrimoniales y fondo local.

h) Biblioteca municipal: punto único de servicio que no forma parte de una red y, por tanto, no desempeña funciones de biblioteca central ni de biblioteca de barrio, prestando servicios básicos de biblioteca pública en su ámbito territorial. Incluyen áreas funcionales, servicios, colecciones, puestos informáticos y de lectura por su carácter único y la población a servir.

i) Espacio joven: es el espacio independiente de la zona infantil y juvenil contemplado en los programas para prestar servicio a usuarios a partir de los catorce años, integrado en las zonas de adultos. Albergará colecciones de distintos materiales para estos usuarios, puestos multimedia y dotación tecnológica, y se equipará con mobiliario específico e informal.

j) Fondos librarios: documentos impresos encuadernados, no seriados, que forman parte de la colección, en libre acceso o en depósito, para distintos perfiles de usuarios y todo tipo de materias. Se dimensionan en función de los formatos y medidas habituales, de las dimensiones de los elementos de almacenamiento normalizados y de la capacidad de estos. Se ubican en las distintas áreas de servicio, en libre acceso y en depósito, de acuerdo con los estándares establecidos para los distintos volúmenes de población y tipo de biblioteca.

k) Fondos no librarios: documentos de la colección, en soporte físico, distintos al libro y de contenido diverso. Se disponen en libre acceso o en depósito y se destinan a distintos perfiles de usuarios. Se dimensionan en función de los formatos y medidas habituales, ubicados en elementos de almacenamiento normalizados, de dimensiones y capacidad específicas. Comprenden formatos documentales como publicaciones periódicas, juegos, videojuegos, audiovisuales, juguetes y objetos, existentes y que puedan existir en el futuro. Requieren mobiliario específico en función de su tipología, distintos de estanterías convencionales.

l) Puestos de lectura: puestos de consulta de las distintas áreas de servicio, destinados a lectura formal e informal, adaptados o no. Se calculan según el estándar fijado por población, para usuarios de distintas edades, sin incluir entre estos puestos los de servicios de áreas comunes tales como los espacios de formación de esas zonas comunes, salón de actos o sala de estudio.

m) Puestos multimedia: puestos con dotación tecnológica ubicados en las áreas de servicio público, convencionales o accesibles, para uso de internet y servicios informáticos avanzados, mobiliario y condiciones técnicas necesarias para este uso. Se dimensionan a partir de los estándares de servicio y las medidas establecidas para estos dispositivos y mobiliario necesario.

n) Puestos para catálogo de acceso público en línea: en los programas funcionales del anexo segundo identificados como OPAC (del inglés, On line Public Access Catalogue). Son puestos informáticos especialmente destinados a consulta del catálogo automatizado de la biblioteca.

ñ) Punto de servicio: cada una de las ubicaciones desde donde se ofrecen servicios bibliotecarios, ya sea una biblioteca central, una de distrito, de barrio o municipal como punto de servicio único. Constituye el lugar físico desde el que es posible acceder a servicios bibliotecarios.

o) Servicios públicos: son los espacios de los programas funcionales destinados a la atención directa al público de todas las edades, abiertos y de acceso universal. Incluyen las áreas para adultos, áreas infantiles y juveniles y zonas comunes, con la capacidad de almacenamiento prevista, puestos de lectura, multimedia y de atención, equipos y equipamientos que contengan.

p) Servicios comunes: áreas dentro de los servicios públicos, comunes o compartidas por los distintos usuarios, tales como el área de recepción e información, zonas de descanso, espacios expositivos, polivalentes y multifuncionales, salón de actos, salas de formación o sala de estudio.

q) Servicios interiores: espacios de acceso no público dentro de la superficie de los servicios. Completan la infraestructura necesaria para el servicio, la gestión y el personal. Entre ellos se encuentran despachos, zonas de descanso de la plantilla, depósito, almacenes auxiliares, salas de reuniones, de proceso técnico, y espacios ajenos a la prestación directa del servicio público.

r) Superficie útil: superficie, en metros cuadrados, de todas las áreas de servicio de la biblioteca. Comprende servicios públicos, comunes e interiores, con los espacios excluidos del concepto de superficie útil de uso bibliotecario, sobre la que se suele repercutir entre un 20 % y un 30 % de incremento para su cálculo. Incluye zonas de circulación, vestíbulos sin atención, sanitarios e instalaciones. En los programas funcionales se denomina "total superficie útil de la biblioteca".

s) Superficie de los servicios: es la superficie útil de uso bibliotecaria, en metros cuadrados, e incluye la superficie de servicios públicos, colecciones en libre acceso y depósito, mostradores, puestos de lectura, autoservicio y espacios de servicios comunes como zonas de descanso, acceso y acogida, de exposiciones, actividades y eventos, talleres, reuniones, espacios de creación, laboratorios ciudadanos, y formación. También comprende los servicios interiores o de gestión como proceso técnico, preservación, digitalización, almacenes, descanso del personal, salas de reuniones y zonas de trabajo. Excluye las zonas de paso, circulación, escaleras, ascensores, vestíbulos con prestación de servicios, sanitarios, instalaciones de ventilación, calefacción y resto de espacios ajenos a la función específicamente bibliotecaria. En los programas funcionales se denomina "total servicios públicos y servicios interiores".