Articulo 4 Aprueban los Reglamentos que regulan la organización y funcionamiento del Registro de Contratos y del Registro de Licitadores de la CCAA
Artículo 4. Funciones.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de Aragón desarrollará las siguientes funciones:
a) Llevar un control estadístico de los contratos que deban inscribirse en el mismo.
b) Recibir de los órganos de contratación de la Comunidad Autónoma de Aragón la información sobre los contratos adjudicados e incidencias producidas en la ejecución de los contratos.
c) Remitir a las Cortes de Aragón y a la Cámara de Cuentas de Aragón los contratos sujetos a inscripción que por su naturaleza o cuantía hayan de ser sometidos a su conocimiento y control.
d) Facilitar al Registro de Contratos del Sector Público la información sobre los contratos inscritos, en los términos establecidos en la legislación básica de contratos del sector público.
e) Informar acerca de los contratos registrados a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Aragón para la elaboración de su Memoria Anual, así como cualquier otra información que requiera para el ejercicio de sus funciones.
f) Remitir información de los contratos registrados a la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación para la elaboración de su informe de supervisión.
g) Proporcionar la información sometida a difusión pública, de conformidad con la legislación en materia de transparencia.
h) Ejercer cuantas otras funciones se establezcan con arreglo a la normativa vigente en materia de contratos del sector público.
