Articulo 4 Ayudas a la pr...bito local

Articulo 4 Ayudas a la promoción de polígonos de actividades económicas de ámbito local

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Artículo 4.- Beneficios aplicables.

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Las ayudas que el Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, podrá conceder a las entidades locales de Navarra que promuevan la creación de polígonos de actividades económicas de ámbito local, serán las siguientes:

a) Subvención del 70% del coste de los proyectos necesarios para el completo desarrollo de la Unidad de Ejecución, de conformidad con lo regulado en los artículos 89, 98 y 99 de la Ley Foral 10/1994, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

b) Subvención a fondo perdido equivalente al veinte por ciento (20%) del coste de las obras de urbanización y de la dirección técnica de las mismas y, en su caso, del coste de adquisición de los terrenos necesarios.

c) Bonificación del 95% de la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados que grave las transmisiones de terrenos a las entidades locales, que tengan por finalidad la creación de estos polígonos, y las que realicen éstas a las empresas que en ellos se ubiquen.