Articulo 4 Capitalidad de Palma

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Artículo 4

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1. La lengua catalana, propia de las Illes Balears, lo es también del Ayuntamiento de Palma de Mallorca.

2. El Ayuntamiento de Palma de Mallorca garantizará el uso del catalán y del castellano, dentro del marco constitucional y estatutario.

3. El Ayuntamiento de Palma de Mallorca normalizará el uso de la lengua catalana, propia de las Illes Balears, en el ámbito de sus competencias conforme a la normativa vigente.