Artículo 4 Concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico
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Las ayudas que se regulan por este real decreto estarán en vigor desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio del plazo de inicio para la presentación de solicitudes que se establece en el artículo 12 de este real decreto, y hasta que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.
b) Que se cumpla un año natural desde el inicio del plazo para la presentación de solicitudes establecido en este real decreto.
