Articulo 4 Consejo Consultivo de Aragón

Articulo 4 Consejo Consultivo de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 4.-Miembros.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Consejo Consultivo de Aragón está integrado por el Presidente y por ocho miembros, que serán nombrados por el Gobierno de Aragón mediante Decreto.

2. Para formar parte del Consejo Consultivo será necesario ostentar la condición política de aragonés.