Artículo 4 contra la ofer...es Balears

Artículo 4 contra la oferta ilegal, de medidas transitorias para la oferta, y por la calidad turística de las Illes Balears

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Artículo cuarto. Modificación de la Ley 13/2017, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2018

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Se modifica el punto 1 de la disposición adicional décima de la Ley 13/2017, que queda con la redacción siguiente:

"1. Corresponde a la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB) la gestión de los recursos integrantes del fondo para favorecer el turismo sostenible y, con ello, la entrega de los fondos a las entidades promotoras de los proyectos que se aprueben en el marco del plan anual de impulso del turismo sostenible. Estos fondos en todos los casos tienen el carácter de financiación afectada a los gastos correspondientes a estos proyectos, incluidos aquellos en los que la entidad promotora sea la misma Administración de la Comunidad Autónoma, que tiene que generar los créditos correspondientes en las secciones presupuestarias que los tengan que ejecutar, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma.

Asimismo, el personal funcionario de la Dirección General de Turismo de Gobierno de las Illes Balears puede colaborar en tareas de gestión, si procede."