Articulo 4 Control Acústico de la Edificación
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»Artículo 4.- Documentación de los resultados.
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1.- Los resultados de los ensayos, pruebas y análisis del control de recepción de obra de las características acústicas de productos, sistemas y equipos se consignarán según el modelo de ficha normalizada establecido en el Anexo II de la presente Orden, y los resultados de los ensayos de verificación in situ de la calidad acústica de la obra terminada, según el modelo de ficha normalizada establecida en el Anexo III.
2.- Ambas fichas se incorporarán al Libro de Control de Calidad, en los términos establecidos en el artículo 12 del Decreto 209/2014, de 28 de octubre, por el que se regula el control de calidad en la construcción.
