Articulo 4 de Convenio AE... las EELL.

Articulo 4 de Convenio AEAT-FEMP en materia de intercambio de información tributaria y colaboración en la gestión recaudatoria con las EE.LL.

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Cuarta. Intercambio de información tributaria.

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Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula Séptima, la Comisión Mixta de Coordinación y Seguimiento prevista en la cláusula decimocuarta podrá concretar los procedimientos para llevar a cabo el resto de suministros de información a que se refiere la presente cláusula.

1. De la Agencia Tributaria a las Entidades Locales. El suministro de información que efectúe la Agencia Tributaria en el marco del presente Convenio se regirá por las reglas y principios contemplados en el artículo 6 de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 18 de noviembre de 1999:

A) Información suministrada al amparo del artículo 95.1.b) de la Ley General Tributaria:

- Datos identificativos:

Contenido del suministro: Apellidos y nombre, en el caso de personas físicas, o razón social, para las personas jurídicas y entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, NIF y domicilio fiscal.

En el supuesto de sociedades civiles y comunidades de bienes, además de los datos anteriores relativos a la entidad, se suministrarán los datos identificativos de los partícipes y su grado de participación en la sociedad o comunidad.

Periodicidad: A petición.

- Censo de Obligados Tributarios. El suministro se refiere a los contribuyentes que pertenezcan al ámbito territorial de la Entidad Local:

Contenido del suministro: Apellidos y nombre, en el caso de personas físicas, o razón social, para las personas jurídicas y entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, NIF y domicilio fiscal.

Periodicidad: Semestral.

- Impuesto sobre Actividades Económicas. La información y periodicidad del suministro se realizará conforme a la normativa vigente.

- Depósitos bancarios de la provincia en cuyo ámbito territorial se encuentre la Entidad Local, cuya titularidad corresponda a los deudores de la citada Entidad Local, siempre que se trate de deudas que se encuentren en fase de embargo:

Contenido del suministro: identificación del depósito bancario (entidad, sucursal y número de depósito).

Periodicidad: A petición.

- Participaciones en fondos de inversión de la provincia en cuyo ámbito territorial se encuentre la Entidad Local, cuya titularidad corresponda a los deudores de la citada Entidad Local, siempre que se trate de deudas que se encuentren en fase de embargo:

Contenido del suministro: Identificación de la entidad gestora y depositaria del fondo.

Periodicidad: A petición.

- Información del modelo 159 Declaración anual de consumo de energía eléctrica:

Contenido del suministro: identificación de compañías comercializadoras que declaran ingresos en el término municipal correspondiente e importe total declarado.

Periodicidad: A petición.

- Información sobre nivel de renta:

Contenido del suministro: datos de IRPF de declarantes y de imputaciones de no declarantes.

Periodicidad: A petición.

B) Información suministrada para el desarrollo de otras funciones. El suministro de información procedente de la Agencia Tributaria para finalidades no tributarias tendrá como finalidad exclusiva la colaboración con las Entidades Locales en el desarrollo de las funciones que éstas tengan atribuidas cuando, para el ejercicio de las mismas, la normativa reguladora exija la aportación de una certificación expedida por la Agencia Tributaria o la presentación, en original, copia o certificación, de las declaraciones tributarias de los interesados o de cualquier otra comunicación emitida por la Agencia Tributaria, en particular en el caso de no obligados a declarar.

También podrá tener como finalidad la colaboración con las Entidades Locales encargadas de la recaudación de recursos públicos no tributarios para la correcta identificación de los obligados al pago, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95.1.j) de la Ley General Tributaria.

En ambos supuestos, la información que debe constar en tales documentos se solicitará directamente de la Agencia Tributaria, siempre que resulte necesaria para el ejercicio de tales funciones, se refiera en su totalidad a un elevado número de interesados o afectados y haya de efectuarse de forma periódica o continuada en el tiempo.

Para el cumplimiento de esta finalidad se establecen los suministros de información que se recogen en el anexo I al presente Convenio, que deberán realizarse con la periodicidad y contenido que se detallan en el mismo, mediante el tratamiento telemático de las solicitudes efectuadas, teniendo en cuenta la normativa aplicable a los diferentes procedimientos.

Las peticiones deberán contener todos los datos que sean precisos para identificar claramente a los interesados afectados y el contenido concreto de la información solicitada, que deberá ser el imprescindible para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones que tiene atribuidas el ente solicitante de la información.

Los suministros de información tributaria que se realicen al amparo del artículo 95.1.k) de la Ley General Tributaria deberán contar con la previa autorización de los interesados, en correlación con la naturaleza reservada que se otorga, con carácter general, a los datos con trascendencia tributaria obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones, y que exige autorización previa de los obligados tributarios, interesados y del resto de los miembros de su unidad familiar a que se refieran los datos a suministrar, en los supuestos excepcionales en que se autoriza su cesión subordinada a «la colaboración con las Administraciones públicas para el desarrollo de sus funciones».

Dichas autorizaciones serán obtenidas por el organismo cesionario en los términos y con las garantías que se establecen en el artículo 2.4 de la Orden de 18 de noviembre de 1999.

2. De la Entidad Local a la Agencia Tributaria:

- Datos identificativos contenidos en el padrón municipal (sólo en el caso de Ayuntamientos):

Contenido del suministro: Apellidos y nombre, NIF, fecha de nacimiento y domicilio de las personas físicas que consten en el padrón del Ayuntamiento.

Periodicidad: Anual.

- Altas, bajas y modificaciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas. La información y periodicidad del suministro se realizará conforme a la normativa vigente.

- Liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras:

Contenido del suministro: Cuando el coste de la obra supere 83.000 euros se suministrarán los siguientes datos: Número fijo de imputación del inmueble, emplazamiento de la obra, identificación del dueño de la obra o promotor (apellidos y nombre o razón social y NIF), identificación del constructor cuando sea distinto del anterior, presupuesto de la obra o coste real de la obra o construcción, fecha de concesión de la licencia y fecha de finalización prevista, identificación de los facultativos, número de visado, IBAN de la cuenta de pago o número de tarjeta de crédito y titular si se paga mediante plataforma. Cuando el coste de la obra no supere 83.000 euros: identificación del promotor, presupuesto de la obra y ubicación del inmueble, IBAN de la cuenta de pago o número de tarjeta de crédito y titular si se paga mediante plataforma.

Periodicidad: Anual.

- Liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana:

Contenido del suministro: Localización del inmueble transmitido, número fijo de imputación del mismo, apellidos y nombre o razón social y NIF de la persona que transmita el terreno y de quien lo adquiera, número de años transcurridos desde la anterior transmisión - a partir de 1994- o, en su defecto, antigüedad desde la anterior transmisión, cuota total a ingresar, fecha de la transmisión, clase de la transmisión, valor catastral del terreno transmitido, IBAN de la cuenta de pago o número de tarjeta de crédito y titular si se paga mediante plataforma.

Periodicidad: Semestral.

- Cambios en la clasificación del suelo (sólo en el caso de Ayuntamientos): Suministro de los cambios en la situación urbanística del municipio, ya sean generales o parciales y de cualquier naturaleza que modifiquen la clasificación del suelo, urbano, urbanizable y no urbanizable: expedientes aprobados referentes a Programas de Actuación Urbanística (PAUs), Planes Especiales de Reforma Interior (PERIs), Planes Parciales y Modificaciones Parciales de Planeamiento:

Contenido del suministro: Identificación de los titulares de las fincas afectadas (apellidos y nombre o razón social, domicilio y NIF), especificación del tipo de Expediente de Planeamiento Urbanístico y localización de las fincas afectadas con expresión de la parcela, polígono, número fijo de imputación de las mismas, etc.

Periodicidad: Anual.

- Información de naturaleza urbanística: (sólo en el caso de Entidades Locales sin ICIO):

Contenido del suministro: Licencias urbanísticas concedidas: Identidad del promotor (nombre o razón social y NIF), presupuesto de la obra para la que se concede la licencia y ubicación del inmueble respecto del cual se concede la licencia.

Periodicidad: Anual.

- Información de naturaleza turística: Licencias concedidas para la realización de actividad de alquiler de uso turístico:

Contenido del suministro: Identificación del titular (nombre o razón social y NIF), y ubicación del inmueble o inmuebles respecto de los cuales se concede la licencia.

Periodicidad: Anual.

- Información sobre medios de pago, en la medida que resulte técnicamente posible: Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto Especial sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sanciones de tráfico (o de otro tipo) municipales, otros tributos, tasas o contribuciones especiales de cada municipio (por ejemplo: tasas por recogida de basuras, pasos de carruajes, vados):

Contenido del suministro: IBAN de la cuenta de pago o número de tarjeta de crédito y titular si se paga mediante plataforma.

Periodicidad: Anual.