Articulo 4 de se convocan las actividades formativas para el año 2026 de lenguaje administrativo y jurídico gallego para el personal al servicio de las distintas administraciones de la Comunidad Autónoma de Galicia
Cuarta. Comprobación de datos
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1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para la tramitación del procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se opusiera a ello.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta deberán indicarlo expresamente incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar una copia de los documentos a cuya consulta se opone a través de la siguiente dirección electrónica: xestion.egap@xunta.gal
3. Excepcionalmente, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de la documentación necesaria en caso de que alguna circunstancia haya imposibilitado la obtención de los citados datos.
4. La EGAP con anterioridad a la publicación del listado de admitidos consultará su base de datos para verificar que las personas seleccionadas disponen de la certificación que acredite la superación o validación del nivel de gallego necesario para acceder a cada curso que se indican en la base segunda de esta resolución.
5. En caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos la EGAP podrá solicitar las siguientes certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria:
a) Para el curso superior:
Una copia de la certificación que acredite la superación del curso medio de lenguaje jurídico gallego, o del curso medio de lenguaje administrativo gallego o cualquier de los cursos equivalentes a estos que se establecen en el artículo 5.2 de la Orden de 13 de junio de 2011 por la que se regulan los cursos de lenguaje administrativo y jurídico gallegos (DOG núm. 121, de 24 de junio).
b) Para el curso medio:
Una copia de la certificación que acredite el Celga 4, o el nivel de perfeccionamiento de lengua gallega, o del curso básico de lenguaje administrativo gallego, o del curso básico para el personal de la Administración de justicia o el curso básico de lenguaje administrativo sanitario.
La falta de presentación de estos documentos acreditativos dará lugar a la exclusión de la persona solicitante previamente seleccionada.
El plazo máximo para presentar los documentos acreditativos requeridos será de 24 horas desde su solicitud. El incumplimiento de este plazo podrá dar lugar a la exclusión de la persona solicitante previamente seleccionada.

