Articulo 4 correcciones t...ibutarias-

Articulo 4 correcciones técnicas de la Norma Foral 3/2014 -IRPF y otras modificaciones tributarias-

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Artículo 4. Modificación del Impuesto sobre primas de seguros.

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Se modifica el artículo 13 del Decreto Foral 70/1997, de 21 de octubre, por el que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en lo referente al Impuesto sobre las Primas de Seguros, que queda redactado en los siguientes términos.

«Artículo 13. Nombramientos de representante fiscal y comunicación a la Administración tributaria.

Las entidades aseguradoras establecidas en otro Estado miembro del espacio económico europeo, distinto de España, y que actúen en España en régimen de libre prestación de servicios, deberán designar un representante fiscal establecido en España para que les represente a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Foral.

El sujeto pasivo o su representante estarán obligados a poner en conocimiento de la Administración tributaria el nombramiento debidamente acreditado».