Articulo 4 Corridas de toros y protección de los animales
Artículo 4. Embarque, transporte y desembarque
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La realización de espectáculos taurinos tendrá que cumplir la normativa sobre transporte de animales en relación a la autorización, registro, movimiento de animales, limpieza y desinfección. Para que la duración del viaje desde la ganadería hasta la plaza de toros sea la mínima indispensable, la ganadería suministradora de los toros, que tiene que estar inscrita en el Libro genealógico de la raza bovina de lidia, será la más cercana, en términos de distancia, a la plaza de toros donde se celebre el espectáculo taurino. Durante estas operaciones, los toros tendrán que ser atendidos por personal debidamente formado y capacitado para esta finalidad. El medio de transporte y las instalaciones de embarque y desembarque asegurarán que se eviten lesiones y sufrimiento a los animales y se garantice su seguridad.
(NOTA: Incisos destacados declarados inconstitucionales y nulos)
- Modificación realizada (4 (incisos destacados, se declaran inconstitucionales y nulos)) por Pleno. Sentencia 134/2018, de 13 de diciembre de 2018. Recurso de inconstitucionalidad 5462-2017. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears. Competencias sobre patrimonio histórico y cultura: nulidad de los preceptos legales autonómicos que regulan la lidia del toro en términos no conformes con la normativa estatal (STC 177/2016). Votos particulares.
(BOE de 15-01-2019) en vigor desde 13-12-2018 - Modificación realizada (4 (inciso relativo a la ubicación de la ganadería suministradora de los toros, se levanta la suspensión de vigencia y aplicación)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 5462-2017, contra determinados preceptos de la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears.
(BOE de 27-03-2018) en vigor desde 22-03-2018 - Artículo modificado (4 (inciso relativo a la ubicación de la ganadería suministradora de los toros, se suspende de vigencia y aplicación)) por Recurso de inconstitucionalidad n.º 5462-2017, contra determinados preceptos de la Ley 9/2017, de 3 de agosto, de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en las Illes Balears.
(BOE de 04-12-2017) en vigor desde 28-11-2017
