Articulo 4 Creación de la... Climático

Articulo 4 Creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático

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Artículo 4. Plan Director.

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1. Para ejercer sus funciones, el principal instrumento de planificación de la gestión de la Agencia será el Plan Director, que será aprobado por la consejería competente y tendrá una vigencia de tres años.

2. Dicho plan se concretará en planes anuales a desarrollar por la Agencia.