Articulo 4 Creación y regulación de la Agencia Tributaria
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Articulo 4 Creación y regulación de la Agencia Tributaria

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Artículo 4. Atención a los contribuyentes.

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1. La Agencia Tributaria debe disponer de los mecanismos e instrumentos necesarios para poder atender adecuadamente a los contribuyentes y para que éstos puedan ejercer sus derechos.

2. En este sentido, corresponde a la Agencia aprobar una carta de derechos de los contribuyentes, que debe contener de una manera sistematizada las prestaciones que pone a disposición de los contribuyentes y los compromisos de calidad en su actuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-04-2008 en vigor desde 25-04-2008