Articulo 4 Creación de la sede electrónica de esta Diputación Foral
Artículo 4. Contenidos iniciales de la sede electrónica.
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Copiloto jurídico
Los contenidos iniciales que contiene la sede electrónica son los siguientes:
Identificación de la sede, de su titular, así como de los responsables de la gestión de los contenidos y de la gestión tecnológica.
Relación de sistemas de firma electrónica admitidos, incluyendo información sobre los elementos de identificación utilizados así como los prestadores que los expiden.
Relación de sellos electrónicos utilizados.
Relación de Platafornas de Notificación admitidas para la notificación por medios electrónicos.
Sistema de comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos emitidos que hayan sido autenticados mediante código seguro de verificación.
Catálogo de trámites y servicios disponibles en la sede.
Publicación electrónica del BOTHA.
Fecha y hora oficial y días declarados oficialmente como inhábiles.
Buzón general de sugerencias y quejas así como la normativa del procedimiento de gestión correspondiente.
Disposición por la que se crea y regula la sede, así como la norma de creación del registro electrónico.
Relación de los medios electrónicos que la ciudadanía puede utilizar en cada supuesto para comunicarse con la sede.
Requisitos técnicos de software y hardware de los equipos, necesarios para el acceso a la sede electrónica que, en la medida de lo posible, serán estándares abiertos o de uso generalizado por la ciudadanía.
Información necesaria para la correcta utilización de la sede incluyendo el mapa de la sede electrónica, así como la relacionada con la propiedad intelectual.
Servicios de asesoramiento electrónico para la correcta utilización de la sede.
Información relacionada con la protección de datos de carácter personal.
