Artículo 4. Decreto 11/2026, de 23 de marzo, Castilla-La Mancha
Artículo 4. Protección de datos de carácter personal.
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1. El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, sobre la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, o normas que las sustituyeran.
2. El tratamiento de los datos personales tendrá como única finalidad la gestión, análisis y mejora de la seguridad del paciente, y se limitará a los datos estrictamente necesarios para el cumplimiento de dichos fines, aplicando en todo momento el principio de minimización de datos.
