Artículo 4. DECRETO 77/2026, de 29 de mayo, C.Valenciana, directrices y los criterios que tienen que regir el desarrollo del sector del juego
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»Artículo 4. Autorizaciones de salas de bingo.
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Solo se autorizará la instalación de nuevas salas de bingo cuando sean consecuencia del traslado de otra sala. La nueva sala deberá respetar el régimen de distancias establecido en el apartado 6 del artículo 45 de la Ley 1/2020.
