Articulo 4 Decreto-ley de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas
Artículo 4. Autorizaciones preexistentes en normas reglamentarias.
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A los efectos de dar cumplimiento al principio de reserva de ley establecido en el artículo 17.1 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, en el Anexo II se relacionan aquellos procedimientos administrativos, regulados en disposiciones con rango inferior a ley, cuyos regímenes de autorización se mantienen mediante el presente decreto-ley, por concurrir en los mismos las razones de interés general que figuran en dicho Anexo.
Para los supuestos previstos en el párrafo anterior, las normas reglamentarias preexistentes reguladoras de estos procedimientos de autorización, continuarán en vigor, con su propio rango y sin perjuicio de que se puedan establecer otros mecanismos de intervención para aquellos supuestos concretos en los que por sus limitados efectos, en función de variables como la naturaleza, dimensión o localización de la actividad económica, resulten estos mecanismos suficientes para garantizar el objetivo de interés público perseguido.
