Articulo 4 Decreto49/2014...nCantabria

Articulo 4 Decreto49/2014,de11deseptiembre,porelqueseregulanlassubvencionesalarehabilitacióndeviviendas,alapromocióndealojamientosprotegidos,alaadquisiciónypromocióndeviviendasprotegidasyalaerradicacióndelchabolismoenCantabria.

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Artículo 4. Procedimiento de concesión.

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1. El procedimiento de otorgamiento de las subvenciones será el de concesión directa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2 apartado cuarto de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, por no ser necesario un orden de prelación ni un prorrateo entre los solicitantes, en relación con su artículo 29, atendiendo a la singularidad derivada de las acciones fomentadas, que permiten apreciar las razones de interés público, social y económico explicadas en el preámbulo.

2. El procedimiento se entenderá iniciado de oficio con la publicación del presente Decreto.