Articulo 4 Decreto68/2008de6dejunioporelqueseregulanlasayudasparafavorecerelaccesoalaviviendaenelmarcodelPlanestrategicodeVivienda2008-2011delesIllesBalears
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»Artículo 4. Actuaciones protegibles.
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Las actuaciones protegibles para la obtención de ayudas en materia de vivienda son las siguientes:
El acceso a la vivienda en arrendamiento
El acceso a la vivienda en propiedad
La oferta de viviendas en alquiler
La rehabilitación de viviendas y de edificios
La mejora de la accesibilidad de los edificios y de las viviendas
La implantación de medidas para el ahorro energético en viviendas de protección oficial
Las actuaciones de urbanización del suelo destinado a construir viviendas protegidas
Las incluidas en Áreas de Rehabilitación Integral y de centros históricos
Las medidas para impulsar la renovación urbana.
