Articulo 4 Defensa de la Autonomía Financiera de la Comunidad de Madrid
Ver Indice
»Artículo 4. Principios que rigen el ejercicio de la autonomía financiera
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La autonomía financiera de la Comunidad de Madrid para el desarrollo y ejecución de sus competencias se ejercerá de acuerdo con los principios de coordinación con la hacienda estatal y solidaridad entre todos los españoles.
2. El ejercicio de la actividad financiera se adecuará así mismo a los principios de territorialidad, corresponsabilidad fiscal, sostenibilidad financiera, lealtad institucional, estabilidad presupuestaria, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos y transparencia.
