Articulo 4 Deporte de Extremadura

Articulo 4 Deporte de Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 4.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La organización del deporte en Extremadura se adaptará a los principios de cooperación y coordinación de las distintas Administraciones Públicas.

Asimismo, se fomentará la máxima colaboración con entidades privadas y la participación de los ciudadanos en la ordenación de la práctica deportiva.