Articulo 4 Derechos de información, autonomía del paciente, y documentación clínica
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»Artículo 4. Formulación del derecho a la información epidemiológica.
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Los ciudadanos tienen derecho a tener conocimiento adecuado de los problemas de salud de la colectividad que impliquen un riesgo para la salud, y a que esta información se difunda en términos verídicos, comprensibles y adecuados para la protección de la salud.
