Articulo 4 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público
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»Artículo 4. El expediente del presupuesto de la propia entidad.
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1. El contenido del expediente del presupuesto de la propia entidad recogerá los estados de gastos e ingresos, las bases de ejecución y la documentación complementaria indicada en los artículos siguientes.
2. Se integrarán en el presupuesto de la propia entidad todos los servicios dependientes de la misma que no tengan personalidad jurídica propia.

