Articulo 4 Diálogo social...titucional

Articulo 4 Diálogo social y participación institucional

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Artículo 4. Creación y naturaleza.

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Se crea la Mesa del Diálogo Social de Aragón como máximo órgano de encuentro, negociación y participación institucional permanente. Su carácter será paritario y tripartito y estará constituida por representantes del Gobierno de Aragón y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en Aragón.

La Mesa del Diálogo Social de Aragón impulsará la concertación socioeconómica y la participación institucional en los términos recogidos en la presente ley y quedará adscrita al departamento que ostente en cada momento las competencias en materia laboral, careciendo de personalidad jurídica propia.

Su composición y funcionamiento serán desarrollados mediante reglamento de régimen interno.