Articulo 4 Ejercicio de d... al Senado

Articulo 4 Ejercicio de derecho al voto de las personas trabajadoras por cuenta ajena en las elecciones 2019 al Congreso y al Senado

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Artículo 4. Permisos para las personas integrantes de las mesas electorales

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1. Las personas trabajadoras por cuenta ajena nombradas presidente/a o vocal de las mesas electorales y las que acrediten su condición de interventoras dispondrán, durante el día de la votación, de un permiso retribuido de jornada completa, si no habían disfrutado en tal fecha de descanso semanal, y tendrán derecho, en todo caso, a una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior, según los artículos 28.1 y 78.4 de la Ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general.

2. Si alguna de las personas trabajadoras a las que se refiere el párrafo anterior tuviera que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la empresa le cambiará el turno para que pueda descansar esa noche.