Artículo 4 se establece la Red Autonómica de Escuelas Infantiles, se regula su extensión y la integración en la misma de las Escuelas Infantiles Municipales
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»Artículo 4. Extensión.
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1. La extensión de la Red Autonómica de Escuelas Infantiles «Les Escuelines/As Escolías» será progresiva y se realizará en colaboración con otras Administraciones públicas.
2. La extensión podrá llevarse a cabo, bien mediante la puesta en funcionamiento de escuelas infantiles propias de la Administración autonómica, bien mediante la integración voluntaria de las escuelas infantiles municipales.
