Artículo 4 se establecen los modelos de impresos y sobres y las dietas, gratificaciones e indemnizaciones para las elecciones a celebrar el 8 de febrero de 2026 a Cortes de Aragón
Ver Indice
»Artículo 4. Voto accesible.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En las elecciones convocadas por el Gobierno de Aragón se adoptarán las medidas materiales pertinentes para permitir que las personas con discapacidad visual puedan ejercer su derecho al voto de forma presencial y accesible, conforme al procedimiento establecido en la normativa estatal.
