Articulo 4 Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación
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»Artículo 4. Documentación social.
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Las SAT llevarán en orden y al día, los siguientes libros.
a) Libro de Registro de socios.
b) Libro de Actas de la Asamblea general, Junta Rectora y, en su caso, de otros Órganos de gobierno aprobados en sus Estatutos sociales.
c) Libros de contabilidad que reglamentariamente se establezcan. Todos ellos estarán diligenciados por el Juzgado de Distrito o de Paz del lugar en donde las SAT tuviere su domicilio social.
