Articulo 4 Estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental -Derogado-
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El contenido del Plan Camgal deberá ajustarse a los criterios básicos establecidos para los planes territoriales de contingencias en la Orden del Ministerio de Fomento de 23 de febrero de 2001, así como cualquier otro que se defina como tal por la normativa estatal referente en la materia.
