Articulo 4 Finanzas de Cantabria
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»Artículo 4. Régimen jurídico.
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1. El régimen económico y financiero del sector público autonómico se regula en esta Ley, sin perjuicio de las peculiaridades contenidas en normas especiales y de lo establecido en la normativa comunitaria.
2. Serán igualmente de aplicación en esta materia las normas que, en su caso, desarrollen esta Ley, así como, en cada ejercicio presupuestario, las Leyes de Presupuestos.
3. Tendrán carácter supletorio las demás normas de Derecho administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho común.
