Articulo 4 General de Telecomunicaciones 1998 -Derogada-
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»Artículo 4. Planes y recomendaciones.
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En la regulación de la prestación de los distintos servicios de telecomunicaciones, se tendrán en cuenta los planes y recomendaciones aprobados en el seno de los organismos internacionales, en virtud de los convenios y tratados en los que el Estado español sea parte.
