Articulo 4 Gestión y organización de la Administración
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»Artículo 4. Porcentaje de reducción de las sanciones en los procedimientos sancionadores.
Vigente
En los procedimientos sancionadores de competencia autonómica en los que se proponga la imposición de una sanción leve o grave, el porcentaje de las reducciones establecidas en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá ascender hasta un máximo de un 50 % sobre el importe de la sanción propuesta en el acuerdo de inicio siempre que el infractor reconozca su responsabilidad y efectúe el pago voluntario en el plazo otorgado en dicho acuerdo. La efectividad de dicha medida estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-09-2017 en vigor desde 26-09-2017