Articulo 4 Honores y dist...e Asturias

Articulo 4 Honores y distinciones de Asturias

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Artículo 4.

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Para la concesión de cualquiera de los honores y distinciones previstos en esta Ley será necesaria la instrucción del correspondiente expediente a fin de determinar y constatar los méritos y circunstancias que aconsejen y justifiquen el otorgamiento.