Articulo 4 Impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito de Cataluña
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»Artículo 4. Supuestos de no sujeción
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No están sujetos al impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito.
a) El Banco de España.
b) El Banco Central Europeo.
c) El Banco Europeo de Inversiones.
d) El Instituto de Crédito Oficial.
e) El Instituto Catalán de Finanzas.
f) Las secciones de crédito de las cooperativas.
g) Con carácter general, las autoridades de regulación monetaria.
