Articulo 4 inhbiles se de... Andalucía

Articulo 4 inhbiles se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos para el año 2026 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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Cuarto. Días inhábiles en el Registro Electrónico Único.

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A efectos de cómputos de plazos, los días inhábiles del Registro Electrónico Único previsto en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, serán los declarados inhábiles para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin que sea de aplicación lo dispuesto en el apartado segundo.

En todo caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será aplicable al Registro Electrónico Único lo dispuesto en el artículo 30.6 de la citada ley.