Articulo 4 de Instrucción para la remisión telemática a la Cámara de Cuentas de la información y documentación relativa a los convenios celebrados por las entidades del sector público local
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»Cuarto. Cuantía de los convenios.
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A los efectos de esta Instrucción, se entenderá por compromisos económicos asumidos a los que se refiere el artículo 53.1 de la LRJSP, el importe total de las aportaciones financieras que se comprometan a realizar el conjunto de los sujetos que suscriben el convenio, independientemente de la aportación que corresponda a la entidad local remitente de la documentación.
