Artículo 4. Ley 11/2026, de 9 de julio, Cataluña, Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
Artículo 4. Modificación del título IV, capítulo XVII, del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, en relación con la tasa por la autorización de los centros de distribución y centros de dispensación de medicamentos de uso veterinario
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1. Se modifica el nombre del capítulo XVII del título IV del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, que queda redactado del siguiente modo:
«Capítulo XVII. Tasa por la autorización de los centros de distribución e inspección para verificar el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución y por la autorización de los centros de dispensación de medicamentos veterinarios»
2. Se modifica el artículo 4.17-1 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 4.17-1. Hecho imponible
»Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios administrativos relativos a la autorización de los centros de distribución e inspección para verificar el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución y para la autorización de los centros de dispensación de medicamentos veterinarios.»
3. Se modifica el artículo 4.17-4 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 4.17-4. Cuota
»La cuota de la tasa es la siguiente:
»1. Por la autorización e inspección para verificar las buenas prácticas de distribución de centros de distribución de medicamentos veterinarios:
»1.1. Autorización e inspección inicial del almacén para verificar el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución: 300 euros.
»1.2. Inspecciones ulteriores periódicas para evaluar el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución: 200 euros.
»2. Por la autorización de comerciales minoristas de medicamentos veterinarios: 51,50 euros.»
