Artículo 4. Ley 9/1994, de 29 de junio, Cataluña, Reforma de la legislación relativa a la función pública de la Generalidad de Cataluña
- Norma derogada desde el 31 de marzo de 2017. - Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
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»Artículo 4. Nueva redacción del apartado 1 del artículo 5 y adición de un nuevo apartado.
Derogado
Se modifica el apartado 1 del artículo 5 de la Ley 17/1985, que queda redactado de la siguiente forma:
«1. Es personal eventual el formado por quienes, en virtud de libre nombramiento del Presidente o de los Consejeros y en régimen no permanente, ocupan un puesto de trabajo considerado de confianza o de asesoramiento no reservado a funcionarios y que figura con este carácter en la correspondiente relación de puestos de trabajo.»
2. Se añade un nuevo apartado al artículo 5 de la Ley 17/1985, con el siguiente texto:
«4. El nombramiento de personal eventual está sujeto al derecho administrativo y el cese de este personal será acordado libremente y no genera, en ningún caso, indemnización.»

