Artículo 4 Ley 9/1994, d...e Cataluña

Artículo 4. Ley 9/1994, de 29 de junio, Cataluña, Reforma de la legislación relativa a la función pública de la Generalidad de Cataluña

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Artículo 4. Nueva redacción del apartado 1 del artículo 5 y adición de un nuevo apartado.

Derogado

Se modifica el apartado 1 del artículo 5 de la Ley 17/1985, que queda redactado de la siguiente forma:

«1. Es personal eventual el formado por quienes, en virtud de libre nombramiento del Presidente o de los Consejeros y en régimen no permanente, ocupan un puesto de trabajo considerado de confianza o de asesoramiento no reservado a funcionarios y que figura con este carácter en la correspondiente relación de puestos de trabajo.»

2. Se añade un nuevo apartado al artículo 5 de la Ley 17/1985, con el siguiente texto:

«4. El nombramiento de personal eventual está sujeto al derecho administrativo y el cese de este personal será acordado libremente y no genera, en ningún caso, indemnización.»