Articulo 4 Ley Orgánica del Tribunal del Jurado
Articulo 4 Ley Orgánica d...del Jurado

Articulo 4 Ley Orgánica del Tribunal del Jurado

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Función del Magistrado-Presidente.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Magistrado-Presidente, además de otras funciones que le atribuye la presente Ley, dictará sentencia en la que recogerá el veredicto del Jurado e impondrá, en su caso, la pena y medida de seguridad que corresponda.

También resolverá, en su caso, sobre la responsabilidad civil del penado o terceros respecto de los cuales se hubiera efectuado reclamación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-05-1995 en vigor desde 23-11-1995