Articulo 4 Licencias y certificados de los controladores de tránsito aéreo
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»Artículo 4. Disposiciones complementarias en materia de certificación de proveedores civiles de formación.
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Para la obtención de la certificación como proveedores civiles de formación de controladores y alumnos controladores, todas las personas, físicas o jurídicas, que tengan en España su lugar principal de operaciones y, en su caso, su sede social, están sujetas a lo dispuesto en este capítulo.
