Articulo 4 Medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística
Articulo 4 Medidas para la dinamización y flexibilización de la actividad comercial y urbanística
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 4. Declaración responsable o comunicación previa.
Vigente
De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, o precepto que lo sustituya, las licencias previas que, de acuerdo con el artículo anterior, no puedan ser exigidas, serán sustituidas por declaraciones responsables, o bien por comunicaciones previas, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativas al cumplimiento de las previsiones legales establecidas en la normativa vigente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-03-2013 en vigor desde 28-03-2013