Articulo 4 de Medidas Feb...e la COVID

Articulo 4 de Medidas Feb 2021 de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la COVID

Ver Indice
»

Cuarto. Plan de hostelería segura

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Xunta de Galicia, a través de la consellería competente en materia sanitaria pondrá en marcha un «plan de hostelería segura» basado en las siguientes líneas fundamentales:

a) Corresponsabilidad de los operadores económicos en la aplicación, cumplimiento y seguimiento del plan y en la colaboración en el establecimiento de medidas e instrumentos que contribuyan al control y seguimiento de posibles brotes, incluyendo la trazabilidad de los posibles contactos, al objeto de garantizar una actividad en las adecuadas condiciones de seguridad.

b) Definición de criterios claros y precisos para la organización y utilización de espacios, condiciones de adecuada ventilación que velen por la calidad del aire interior y determinación de aforos a efectos de la aplicación de las medidas sanitarias de prevención.

c) Colaboración con las entidades representativas del sector para el estudio, diseño e implementación de las medidas de prevención aplicables, incluidas la promoción de la existencia de mecanismos de autocontrol y auditoría de cumplimiento.

d) Generación de confianza en los usuarios, así como información y concienciación de estos sobre las medidas de prevención y su necesario cumplimiento.

e) Establecimiento de un plan de control e inspección autonómico y la adecuada colaboración con las entidades locales en sus competencias de control e inspección, especialmente con aquellas de menor tamaño y medios.

f) Colaboración de las fuerzas y cuerpos y fuerzas de seguridad en el control e inspección.

2. El Plan de hostelería segura tendrá la consideración de plan sanitario a efectos de lo previsto en el artículo 80 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, por lo que las entidades locales, participarán en su aplicación y cumplimiento mediante el ejercicio de sus competencias de control sanitario establecidas en la ley.

3. El Plan de hostelería segura se pondrá en conocimiento de las entidades locales a través de sus entidades representativas