Articulo 4 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para 2023
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»Artículo 4. Modificación del título XI, capítulo I, del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, en relación con la tasa por los servicios prestados por el Consejo Catalán del Deporte
Vigente
Se modifica el artículo 11.1-5 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, que queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 11.1-5. Bonificaciones
»El importe de la tasa por los servicios a los que se refiere el artículo 11.1-4.1 queda reducido en un 50% en caso de que las personas interesadas que no estén obligadas a ello de acuerdo con lo previsto por la normativa vigente en cada momento presenten las solicitudes por medios telemáticos y acepten expresamente relacionarse electrónicamente con el Consejo Catalán del Deporte y recibir las notificaciones que se les deba practicar en el expediente por medios electrónicos.»

