Articulo 4 Medidas para l... o de ETTs

Articulo 4 Medidas para la mejora de seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores temporales o de ETTs

Ver Indice
»

Artículo 4. Formación de los trabajadores

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 12 de la Directiva 89/391/CEE, los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que, en los casos contemplados en el artículo 3, el trabajador reciba una formación suficiente y adecuada a las características propias del puesto de trabajo, teniendo en cuenta su cualificación y su experiencia.