Articulo 4 Medidas relativas al personal al servicio de las AAPP
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»Artículo 4.
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Se modifica el apartado 4 del artículo 27 del texto refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, cuya nueva redacción será la siguiente:
Artículo 27.
4. Los funcionarios en situación de excedencia especial tendrán derecho a la reserva de la plaza que ocupasen pero no devengarán derechos económicos. No obstante, se les computará a efectos de antigüedad y derechos pasivos todo el tiempo que permanezcan en tal situación.
