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Articulo 4 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración

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Artículo 4. Deber general de promoción de mecanismos de coordinación y colaboración.

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La Administración pública autonómica promoverá en el ámbito de sus competencias el desarrollo de mecanismos de coordinación y colaboración y el ejercicio conjunto de facultades de intervención sobre actividades, con el fin de impulsar la simplificación administrativa y la agilidad en la tramitación y ejecución de proyectos concretos o sectores específicos.

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  • Texto Original. Publicado el 16-02-2024 en vigor desde 17-02-2024