Artículo 4 medidas urgentes de apoyo al sector agrario y forestal
Artículo 4. Ayudas a la recuperación de la productividad
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4.1 Estas ayudas tienen por objeto subvencionar el periodo de recuperación de las explotaciones de vacuno como consecuencia de la aplicación de un vaciado sanitario dentro del programa nacional de control y erradicación de la enfermedad de la tuberculosis bovina.
Estas ayudas se someten al Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Concretamente, estas ayudas se establecen de acuerdo con el artículo 26.10.b de este Reglamento.
4.2 Las ayudas consisten en subvencionar la producción esperada en las explotaciones ganaderas que hayan sido objeto de vaciado sanitario de todo el censo de la explotación o de una parte del censo.
4.3 El importe por módulo, el máximo por persona beneficiaria, y su cálculo se establecerán en la convocatoria correspondiente.
4.4 Se establece la condición general de admisibilidad siguiente:
Tienen acceso a esta ayuda aquellas explotaciones que se hayan sometido a un vaciado sanitario como consecuencia de la confirmación de un brote de tuberculosis en su explotación. En todo caso, la explotación debe haber finalizado el vaciado sanitario dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el día de la presentación de la solicitud.
