Articulo 4 Medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas para paliar la crisis ocasionada por la COVID-19
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»Artículo 4. Mecanismos de colaboración
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Las administraciones públicas de las Illes Balears deben establecer mecanismos de colaboración y coordinación para el ejercicio de las facultades de intervención, especialmente en los ámbitos de la inspección y la sanción, mediante protocolos y convenios de colaboración que han de concretar la coordinación de servicios y recursos para llevar a cabo la actividad de intervención, inspección o control conjunta.
